Comunicado 2720

12 de Marzo 2024

Promueven en el Congreso prohibición de cañones antigranizo

  • Promueven la captación de agua de lluvia en municipios con mayores niveles de desabasto de agua potable.
  • Buscan garantizar la certeza jurídica en aplicación de preceptos antitabaco.
Con base en el hecho de que se desconocen estudios que determinen si los cañones antigranizo causan o no modificaciones en el estado del tiempo en regiones específicas, el Congreso de la entidad analizará la iniciativa de reforma al Código para la Biodiversidad del Estado de México a fin de que la Secretaría del Medio Ambiente establezca las medidas necesarias para hacer efectiva la prohibición, verificar y suspender el uso de este tipo de mecanismos.
De acuerdo con la propuesta, los actores en conflictos ambientales deben tener muy clara la diferencia entre lo que es el clima y el estado del tiempo para determinar las consecuencias que podría traer consigo el uso de tecnologías para intentar modificar el estado del tiempo como los cañones antigranizo. La iniciativa fue remitida a dictamen de la Comisión de Protección Ambiental y Cambio Climático.
Municipios deben promover la captación de agua pluvial
El Congreso mexiquense también recibió la iniciativa de reforma al Código Administrativo del Estado de México para que los municipios que presenten mayor desabasto de agua potable realicen proyectos de captación de aguas pluviales para el aprovechamiento y gestión sostenible del líquido.
Remitida a la Comisión de Desarrollo Urbano, plantea que este tipo de proyectos también se lleven a cabo en zonas con alto impacto de desabasto del recurso, con el objetivo de planificar su captación, almacenamiento y tratamiento en su caso para la correcta administración y suministro a la ciudadanía.
De acuerdo con la propuesta, los bajos niveles en las presas estatales han provocado cortes en el suministro de agua en diferentes municipios, debido a que la presa Huapango, en Timilpan, se encuentra al tres por ciento de su capacidad; El Molino, en Aculco, 12 por ciento; El Salto, en Atlacomulco, 19 por ciento; Ñadó, ubicada entre la sección sur de la cabecera municipal del municipio de Aculco y al norte del municipio de Acambay, presenta un nivel de 29 por ciento y Danxho, ubicada en el municipio de Jilotepec, registra un nivel de 39 por ciento.
Buscan certeza jurídica en aplicación de preceptos antitabaco
Durante la sesión, el Congreso también recibió la iniciativa de reformas a la Ley de Prevención del Tabaquismo y de Protección ante la Exposición al Humo de Tabaco en el Estado de México a fin de precisar que los procedimientos de verificación, adopción de medidas de seguridad e imposición de sanciones cuando no se cumplen sus disposiciones, se sujeten a lo señalado en el Código de Procedimientos Administrativos.
La iniciativa también plantea que el procedimiento de notificación de las resoluciones deberá cumplir las formalidades descritas en el citado Código y que, en contra de los actos y resoluciones que se emitan en aplicación de la ley, las personas afectadas tendrán la opción de interponer el recurso administrativo de inconformidad ante la propia autoridad que los emitió, o promover juicio ante el Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México (TRIJAEM).
La propuesta que busca otorgar certeza jurídica a la ciudadanía respecto de las formalidades que deben cumplir las autoridades en la tramitación de los referidos procedimientos será analizada por la Comisión de Protección Ambiental y Cambio Climático.

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