Comunicado 2177
08 de Octubre 2023
Proponen hasta 10 años de cárcel por ‘deepfakes’ de tipo sexual
- Las sanciones aplicarían en contra de quien elabore, manipule o gestione audiovisuales con contenidos sexuales falsos.
- También se sancionaría a quien los revele, comparta o comercialice, plantea la bancada naranja.
En nombre del grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano, la diputada Juana Bonilla Jaime propuso sancionar con uno a cinco años de prisión a quien elabore, manipule o gestione por medio de tecnologías digitales, imágenes, audios, textos, grabaciones de voz o contenidos audiovisuales con la finalidad de generar elementos de naturaleza erótico, sexual o pornográfico, además de que las revele, publique, comparta o comercialice sin consentimiento de la víctima por cualquier medio.
La iniciativa de reforma al Código Penal precisa que tales penas aumenten hasta el doble, es decir un máximo de 10 años, cuando el delito se cometa en contra de una persona menor de 18 años o que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o que por cualquier causa no pueda resistirlo, aun y cuando mediare su consentimiento, además de la conducta será perseguida de oficio.
Enviada a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia, la propuesta explica que con el avance tecnológico personas sin escrúpulos buscan engañar a la ciudadanía mediante contenidos digitales falsos pero hiperrealistas. Dicha práctica ya es común en todo el mundo y es conocida como ‘Deepfake’, consistente en archivos de vídeo, imagen o voz manipulados mediante un software de inteligencia artificial de modo que parezcan originales, auténticos y reales.
En este marco, añade el texto, se debe mejorar la protección de los derechos de las personas en contra de la captación y manipulación ilegítima de la imagen de una persona, su voz, o ambas, ya que en caso de no hacerlo se podría causar algún daño al honor y la integridad, sobre todo cuando se lacera su intimidad.
La iniciativa de reforma al Código Penal precisa que tales penas aumenten hasta el doble, es decir un máximo de 10 años, cuando el delito se cometa en contra de una persona menor de 18 años o que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o que por cualquier causa no pueda resistirlo, aun y cuando mediare su consentimiento, además de la conducta será perseguida de oficio.
Enviada a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia, la propuesta explica que con el avance tecnológico personas sin escrúpulos buscan engañar a la ciudadanía mediante contenidos digitales falsos pero hiperrealistas. Dicha práctica ya es común en todo el mundo y es conocida como ‘Deepfake’, consistente en archivos de vídeo, imagen o voz manipulados mediante un software de inteligencia artificial de modo que parezcan originales, auténticos y reales.
En este marco, añade el texto, se debe mejorar la protección de los derechos de las personas en contra de la captación y manipulación ilegítima de la imagen de una persona, su voz, o ambas, ya que en caso de no hacerlo se podría causar algún daño al honor y la integridad, sobre todo cuando se lacera su intimidad.