Comunicado 1159
20 de Octubre 2022
Impulsan reformas para evitar uso clientelar de programas sociales
- Se propone la máxima publicidad de las convocatorias, definir responsables y establecer sanciones: Isaac Montoya.
- Cometerá falta administrativa quien incumpla la obligación de publicar de forma oportuna la convocatoria y reglas de operación.
Con el propósito de evitar el uso electoral y clientelar de los programas sociales del gobierno estatal, en nombre del grupo parlamentario de Morena, el legislador Isaac Martín Montoya Márquez propuso que sus reglas de operación y convocatorias se rijan bajo el principio de máxima publicidad, se defina quiénes son las personas servidoras públicas responsables de su difusión y sanciones en caso de que no respeten la ley.
En sesión deliberante, el legislador expuso que en la entidad no se difunden oportunamente las reglas de operación de los programas sociales, que deben contar con un portal electrónico propio en el que se incluyan sus convocatorias y que la bancada de Morena tiene un compromiso con la tarea de promover el estado de bienestar de la ciudadanía mexiquense, por lo que se busca fortalecer el marco normativo que regula la política pública en materia de desarrollo social.
De acuerdo con la iniciativa, las personas titulares de las dependencias del Ejecutivo serán las responsables de la elaboración y aprobación de las reglas de operación de los programas sociales que tengan a su cargo y que hagan entrega de recursos monetarios o en especie, las cuales deben ser publicadas en el Periódico Oficial Gaceta de Gobierno para su máxima publicidad.
Adicionalmente, se publicarán las convocatorias de registro o reincorporación de las personas beneficiarias durante al menos 15 días de anticipación previos al proceso de registro, por lo que se deberán transmitir en la página de internet del Ejecutivo las sesiones de la instancia normativa de cada uno de los programas de carácter social que ejecuten.
Cabe señalar que la publicación de la convocatoria deberá contener las fechas, horarios, lugares, mecanismo de registro y cantidad de beneficiarios.
Puntualiza que incurrirá en falta administrativa no grave, la persona servidora pública que, con sus actos u omisiones, incumpla o transgreda la obligación de cumplir con la oportuna publicación de las reglas de operación y la convocatoria de los programas en materia de desarrollo social.
La iniciativa de reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, la Ley de Desarrollo Social del Estado de México y la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios será analizada por las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Desarrollo y de Apoyo Social.
En sesión deliberante, el legislador expuso que en la entidad no se difunden oportunamente las reglas de operación de los programas sociales, que deben contar con un portal electrónico propio en el que se incluyan sus convocatorias y que la bancada de Morena tiene un compromiso con la tarea de promover el estado de bienestar de la ciudadanía mexiquense, por lo que se busca fortalecer el marco normativo que regula la política pública en materia de desarrollo social.
De acuerdo con la iniciativa, las personas titulares de las dependencias del Ejecutivo serán las responsables de la elaboración y aprobación de las reglas de operación de los programas sociales que tengan a su cargo y que hagan entrega de recursos monetarios o en especie, las cuales deben ser publicadas en el Periódico Oficial Gaceta de Gobierno para su máxima publicidad.
Adicionalmente, se publicarán las convocatorias de registro o reincorporación de las personas beneficiarias durante al menos 15 días de anticipación previos al proceso de registro, por lo que se deberán transmitir en la página de internet del Ejecutivo las sesiones de la instancia normativa de cada uno de los programas de carácter social que ejecuten.
Cabe señalar que la publicación de la convocatoria deberá contener las fechas, horarios, lugares, mecanismo de registro y cantidad de beneficiarios.
Puntualiza que incurrirá en falta administrativa no grave, la persona servidora pública que, con sus actos u omisiones, incumpla o transgreda la obligación de cumplir con la oportuna publicación de las reglas de operación y la convocatoria de los programas en materia de desarrollo social.
La iniciativa de reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, la Ley de Desarrollo Social del Estado de México y la Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de México y Municipios será analizada por las comisiones de Gobernación y Puntos Constitucionales y de Desarrollo y de Apoyo Social.