Comunicado 1614

14 de Febrero 2023

Hasta 20 años de prisión por extorsión a comerciantes, avala Congreso

  • Impondrán hasta 15 años de cárcel cuando las y los responsables se ostenten como integrantes de algún grupo delictivo y hasta 20 si forman parte del servicio público.
  • La reforma busca proteger a personas comerciantes y a la actividad económica estatal.
A fin de combatir la extorsión de comerciantes y proteger la actividad económica estatal, el Congreso del Estado de México aprobó sanciones de seis a 10 años de prisión en contra de quien o quienes obliguen a un comerciante o unidad económica a imponer o fijar precios por encima del mercado en productos, insumos o servicios. La pena será de hasta 15 años de cárcel si las o los responsables se ostentan como miembros de algún grupo delictivo y de hasta 20 años si se trata de personas servidoras públicas.
El nuevo tipo penal se incorporó a los delitos contra el consumo y la economía y durante su análisis se incluyeron ideas y opiniones de las y los legisladores, así como del equipo jurídico de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM) y del Poder Judicial para determinar, de manera clara, al sujeto activo del delito y evitar que existiera la posibilidad de criminalizar al comerciante, precisó el diputado Gerardo Ulloa Pérez (Morena), al exponer el dictamen.
Las reformas al Código Penal de la entidad impulsadas por el titular de la FGJEM, José Luis Cervantes Martínez, contribuirán a enfrentar conductas delictivas que se presentan en algunas regiones de la entidad y atentan contra la libertad de quienes ejercen el comercio como actividad para ganarse la vida, así como de las y los consumidores finales quienes resienten el alza de precios en productos básicos, indicó el diputado Ulloa Pérez.
De acuerdo con el dictamen comete este delito quien, por medio de la violencia, obligue a una persona o unidad económica a comprar, obtener o adquirir, de otra persona, comercio o empresa determinados bienes, insumos, mercancías o servicios para su giro comercial; a vender o distribuir bienes, insumos, mercancías o servicios, a personas o empresas determinadas, o a imponer o fijar, en una localidad o región, un precio por encima del mercado, para la venta de bienes, mercancías o insumos o para la prestación de un servicio.
El dictamen, expuesto en presencia de Marisela Xicoténcatl Elizaga, fiscal Central Jurídica, y Rubén Cárdenas Mérida, subdirector de Normatividad, de la FGJEM, indica que, además de las sanciones ya referidas, el nuevo tipo penal considera que, si en la comisión del delito participan dos o más personas, se impondrán adicionalmente de tres a cinco años de prisión.

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