Comunicado 1983
13 de Julio 2023
Ampliarán criterios de nulidad matrimonial por violencia
- Incrementarán de 60 días a un año el plazo para iniciar una denuncia.
- Se dictarán de forma oficiosa las medidas de protección contra la violencia familiar.
La Comisión de Procuración y Administración de Justicia del Congreso local, presidida por el diputado Gerardo Ulloa Pérez (Morena), aprobó por unanimidad la iniciativa de la bancada del PRD para ampliar los criterios para la nulidad matrimonial en casos de violencia, con lo que cualquiera de los contrayentes podrá solicitarla cuando la violencia subsista al tiempo de celebrarse el matrimonio o en cualquier momento previo.
La iniciativa de las diputadas Viridiana Fuentes Cruz y María Elida Castelán Mondragón, así como del legislador Omar Ortega Álvarez, para modificar el Código Civil estatal, establece que la nulidad del matrimonio por violencia podrá deducirse sólo por parte del cónyuge agraviado dentro de un periodo de un año desde que cesó la misma.
De esta forma, se amplía la temporalidad para iniciar el proceso de denuncia, pues actualmente solo se cuenta con 60 días; además de que, cuando la violencia subsista al momento de demandar la nulidad, la persona juzgadora dictará de forma oficiosa las medidas de protección contra la violencia familiar.
La diputada Viridiana Fuentes reconoció que la iniciativa se fortaleció con el trabajo y compromiso de representantes de los poderes Ejecutivo y Judicial y de quienes integran la Comisión, particularmente de la legisladora Karina Labastida Sotelo (Morena) y del legislador Braulio Antonio Álvarez Jasso (PRI), cuyas aportaciones se integraron al proyecto final de la iniciativa.
Indicó que en los temas sensibles como la violencia hacia las mujeres se debe mostrar apertura a las discusiones porque permiten cambiar o fortalecer una opinión.
La iniciativa de las diputadas Viridiana Fuentes Cruz y María Elida Castelán Mondragón, así como del legislador Omar Ortega Álvarez, para modificar el Código Civil estatal, establece que la nulidad del matrimonio por violencia podrá deducirse sólo por parte del cónyuge agraviado dentro de un periodo de un año desde que cesó la misma.
De esta forma, se amplía la temporalidad para iniciar el proceso de denuncia, pues actualmente solo se cuenta con 60 días; además de que, cuando la violencia subsista al momento de demandar la nulidad, la persona juzgadora dictará de forma oficiosa las medidas de protección contra la violencia familiar.
La diputada Viridiana Fuentes reconoció que la iniciativa se fortaleció con el trabajo y compromiso de representantes de los poderes Ejecutivo y Judicial y de quienes integran la Comisión, particularmente de la legisladora Karina Labastida Sotelo (Morena) y del legislador Braulio Antonio Álvarez Jasso (PRI), cuyas aportaciones se integraron al proyecto final de la iniciativa.
Indicó que en los temas sensibles como la violencia hacia las mujeres se debe mostrar apertura a las discusiones porque permiten cambiar o fortalecer una opinión.