Comunicado 244
05 de Diciembre 2024
Gobiernos deben pagar daños por baches, propone bancada del PRI
- Plantean congresistas priistas que los gobiernos estatal y municipales asuman gastos por daños ocasionados por el mal estado de las vialidades.
- En agosto pasado, en Toluca se contabilizaron 8 mil baches: diputado Alejandro Castro.
En beneficio de la población afectada por los baches, la bancada del PRI en la LXII Legislatura mexiquense propuso establecer que los gobiernos estatal y municipales tengan la obligación de indemnizar a la ciudadanía por daños materiales y personales, causados por el mal estado de las carreteras, caminos y vialidades en el Estado de México, conforme a la jurisdicción de cada vialidad.
De acuerdo con la iniciativa, presentada ante el Pleno por el parlamentario Alejandro Castro Hernández (PRI) detalla el derecho a la indemnización por la negligencia en el mantenimiento de la infraestructura vial; el proceso de reclamación gratuita mediante plataformas electrónicas; la creación de un fondo estatal para resarcir los daños; y la rendición de cuentas de los entes de gobierno sobre las reclamaciones e indemnizaciones otorgadas.
En este sentido, el legislador mencionó que el costo de reparación de un auto particular por caer en un bache oscila entre dos mil y 20 mil pesos; mientras que en las unidades de transporte público llegan hasta los 40 mil pesos.
Compartió que, para dimensionar la problemática, en agosto de este año el ayuntamiento de Toluca contabilizó alrededor de ocho mil baches, los cuales son imposibles de atender únicamente con recursos municipales.
Por lo anterior, su iniciativa propone que, a pesar de los efectos climatológicos y del deterioro natural de las vialidades o de cualquier tipo de contingencia, se atienda la problemática de forma integral y ágil, para evitar daños en el patrimonio de la ciudadanía.
La iniciativa refiere que los daños indemnizables serán aquellos que puedan probarse, como consecuencia directa del mal estado de las carreteras, caminos y vialidades, incluyendo las afectaciones materiales a vehículos; así como físicas o morales de las personas, quienes podrán reclamar su compensación, ante la autoridad competente estatal o municipal, en un plazo de 30 días hábiles posteriores al incidente.
La indemnización podrá otorgarse en dinero o en especie, y cubrirá, tanto el daño directo, como las pérdidas derivadas del mismo.
El pago deberá realizarse en un plazo no mayor a 90 días desde que se dicte la resolución favorable, la cual estará a cargo de la Secretaría de Movilidad, para vías estatales; y la dependencia que cada ayuntamiento determine, para las vías municipales.
La reforma a la Ley de Responsabilidad Patrimonial para el Estado de México y Municipios indica que la ciudadanía contará con respaldo legal, sin incurrir en costos adicionales, en caso de conflictos o desacuerdos con la evaluación o respuesta de las autoridades y, de mantener su inconformidad, podrá recurrir al Tribunal de Justicia Administrativa del Estado de México.
Los entes de gobierno deberán publicar en sus portales de transparencia un informe semestral de las reclamaciones e indemnizaciones cubiertas por daños causados en sus respectivas vialidades.