Comunicado 1391
25 de Noviembre 2022
Buscan abatir impunidad en delitos de género
- Se trata de combatir la violencia institucional que sufren las víctimas de violencia.
- La diputada Claudia Morales propone considerar como falta administrativa no atender las denuncias.
Ante la acumulación de los delitos de violencia de género y la impunidad que los acompaña, la diputada Claudia Desiree Morales Robledo (PVEM) propuso considerar como falta administrativa que una persona servidora pública no cumpla con la atención, prestación de servicios o de auxilio, a personas víctimas de violación a derechos humanos.
Especialmente, precisó, si se trata de temas de violencia de género y si no lo hace en el menor tiempo posible, evitando retrasos u obstrucciones para los que no exista alguna causa justificada.
Conforme a la iniciativa de reforma a la Ley de Responsabilidades Administrativas estatal, también sería falta administrativa no grave cualquier trato o conducta que implique victimización secundaria o incriminación de la persona que haya sido víctima de violación a derechos humanos o que implique violencia de género.
La propuesta, remitida a las comisiones de Derechos Humanos y Procuración y Administración de Justicia, apunta que la acumulación de los delitos de violencia de género y la impunidad obliga al Estado mexicano a implementar medidas para que estos hechos se castiguen, se prevenga su comisión y se sancione a las y los servidores públicos que por acción u omisión sean responsables de que las víctimas no tengan acceso a la procuración de justicia de manera oportuna y expedita.
La legisladora expuso que una modalidad de la violencia contra las mujeres es la denominada institucional, entendida como los actos u omisiones de personas servidoras públicas que discriminen o tengan como fin obstaculizar o impedir el ejercicio de los derechos de las mujeres.
Ocurre cuando las víctimas de violencia de género presentan denuncia y la autoridad no les da un trato digno y apegado a la legalidad, prejuzgándolas o incluso culpándolas de su situación. Es un tipo de violencia que se ha normalizado y pone en un mayor grado de vulnerabilidad a las víctimas y refuerza la percepción de que es imposible encontrar justicia.
Especialmente, precisó, si se trata de temas de violencia de género y si no lo hace en el menor tiempo posible, evitando retrasos u obstrucciones para los que no exista alguna causa justificada.
Conforme a la iniciativa de reforma a la Ley de Responsabilidades Administrativas estatal, también sería falta administrativa no grave cualquier trato o conducta que implique victimización secundaria o incriminación de la persona que haya sido víctima de violación a derechos humanos o que implique violencia de género.
La propuesta, remitida a las comisiones de Derechos Humanos y Procuración y Administración de Justicia, apunta que la acumulación de los delitos de violencia de género y la impunidad obliga al Estado mexicano a implementar medidas para que estos hechos se castiguen, se prevenga su comisión y se sancione a las y los servidores públicos que por acción u omisión sean responsables de que las víctimas no tengan acceso a la procuración de justicia de manera oportuna y expedita.
La legisladora expuso que una modalidad de la violencia contra las mujeres es la denominada institucional, entendida como los actos u omisiones de personas servidoras públicas que discriminen o tengan como fin obstaculizar o impedir el ejercicio de los derechos de las mujeres.
Ocurre cuando las víctimas de violencia de género presentan denuncia y la autoridad no les da un trato digno y apegado a la legalidad, prejuzgándolas o incluso culpándolas de su situación. Es un tipo de violencia que se ha normalizado y pone en un mayor grado de vulnerabilidad a las víctimas y refuerza la percepción de que es imposible encontrar justicia.