Comunicado 1855
25 de Abril 2023
Llama Congreso a detener entrega de apoyos sociales por elección
- Avalan exceptuar de esta solicitud los casos de extrema urgencia.
- Analizarán punto de acuerdo para sancionar delitos electorales.
Por unanimidad, el Congreso local solicitó a los 125 ayuntamientos mexiquenses que se abstengan de establecer y operar programas de apoyo social o comunitario que impliquen la entrega a la población de materiales y alimentos de cualquier elemento que formen parte de sus programas asistenciales o de promoción a la asistencia social.
En sesión deliberante se señaló que de manera ordinaria los ayuntamientos autorizan apoyos que se transforman en programas de asistencia social enfocados a satisfacer necesidades y rezagos en un marco de justificación en atención a familias o grupos sociales en desventaja o vulnerabilidad.
No obstante, el Código Electoral estatal refiere que durante los 38 días anteriores al de la jornada electoral, las autoridades estatales y municipales, así como legisladoras y legisladores locales, se abstendrán de establecer y operar programas de apoyo social o comunitario que implique la entrega a la población de materiales, alimentos o cualquier elemento que forme parte de sus programas de promoción y desarrollo social, salvo en caso de extrema urgencia.
Durante la sesión también se remitió a las comisiones de Procuración y Administración de Justicia y Electoral y de Desarrollo Democrático el punto de acuerdo por el que se solicita a quienes integran la administración pública estatal, pública central y paraestatal instrumenten políticas públicas para evitar, y en su caso sancionar, la probable comisión de delitos electorales y la desviación de recursos públicos con motivo de la elección para titular del ejecutivo estatal.
En sesión deliberante se señaló que de manera ordinaria los ayuntamientos autorizan apoyos que se transforman en programas de asistencia social enfocados a satisfacer necesidades y rezagos en un marco de justificación en atención a familias o grupos sociales en desventaja o vulnerabilidad.
No obstante, el Código Electoral estatal refiere que durante los 38 días anteriores al de la jornada electoral, las autoridades estatales y municipales, así como legisladoras y legisladores locales, se abstendrán de establecer y operar programas de apoyo social o comunitario que implique la entrega a la población de materiales, alimentos o cualquier elemento que forme parte de sus programas de promoción y desarrollo social, salvo en caso de extrema urgencia.
Durante la sesión también se remitió a las comisiones de Procuración y Administración de Justicia y Electoral y de Desarrollo Democrático el punto de acuerdo por el que se solicita a quienes integran la administración pública estatal, pública central y paraestatal instrumenten políticas públicas para evitar, y en su caso sancionar, la probable comisión de delitos electorales y la desviación de recursos públicos con motivo de la elección para titular del ejecutivo estatal.