Comunicado 1621
14 de Febrero 2023
Dos meses para interponer acciones en defensa del empleo, propone GPPRI
- El diputado David Parra propone reformas a la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios.
- La legislación local no puede otorgar plazos inferiores a la normatividad federal.
Por considerar que el plazo de un mes para que un trabajador del sector público suspendido o despedido de su empleo injustificadamente, emprenda acciones legales para su restitución o indemnización es insuficiente para preparar su defensa, además de injusto, el diputado David Parra Sánchez propuso modificaciones a la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios para extenderlo a dos meses.
De acuerdo con la iniciativa, este plazo, bajo el concepto de prescripción, que en materia laboral supone la pérdida de la acción por no haberla ejercitado en los plazos legalmente establecidos, sí es de dos meses en la Ley Federal del Trabajo, por lo que ‘existe una diferencia de un mes en contra del trabajador para hacer valer una acción o derecho’.
Para el legislador del grupo parlamentario del PRI en el Congreso mexiquense, hay que recordar que la Ley Federal del Trabajo y la Constitución establecen las normas mínimas en beneficio y protección de la clase trabajadora. Y de acuerdo al orden jerárquico normativo en el derecho mexicano, son superiores a la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios del Estado de México.
Señaló que no puede tenerse una ley que contenga preceptos inferiores o que reduzcan plazos otorgados por la legislación superior, por lo que pretende impulsar que los trabajadores puedan ejercer acciones o derechos en igualdad de circunstancias como lo establece la Ley Federal del Trabajo, sin que prescriba su derecho por desigualdad de prescripciones entre ambas leyes y por Justicia Social. Será analizada por la Comisión de Trabajo, Previsión y Seguridad Social.
De acuerdo con la iniciativa, este plazo, bajo el concepto de prescripción, que en materia laboral supone la pérdida de la acción por no haberla ejercitado en los plazos legalmente establecidos, sí es de dos meses en la Ley Federal del Trabajo, por lo que ‘existe una diferencia de un mes en contra del trabajador para hacer valer una acción o derecho’.
Para el legislador del grupo parlamentario del PRI en el Congreso mexiquense, hay que recordar que la Ley Federal del Trabajo y la Constitución establecen las normas mínimas en beneficio y protección de la clase trabajadora. Y de acuerdo al orden jerárquico normativo en el derecho mexicano, son superiores a la Ley del Trabajo de los Servidores Públicos del Estado y Municipios del Estado de México.
Señaló que no puede tenerse una ley que contenga preceptos inferiores o que reduzcan plazos otorgados por la legislación superior, por lo que pretende impulsar que los trabajadores puedan ejercer acciones o derechos en igualdad de circunstancias como lo establece la Ley Federal del Trabajo, sin que prescriba su derecho por desigualdad de prescripciones entre ambas leyes y por Justicia Social. Será analizada por la Comisión de Trabajo, Previsión y Seguridad Social.