Comunicado 2406
23 de Noviembre 2023
Analizan sanciones por creación y difusión de imágenes sexuales falsas
- Proponen hasta 10 años de prisión por este delito cuando la víctima sea menor de edad.
- Es violencia de género manipular y distribuir material sexual de manera digital y herramientas de IA: Juana Bonilla.
Proteger a las mujeres contra una nueva forma de violencia de género, su derecho a la imagen y su honor, son propósitos de la iniciativa del grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano para imponer hasta 10 años de prisión por la creación y distribución de material digital con contenido sexual manipulado por tecnologías informáticas, mediante reformas al Código Penal del Estado de México
En sesión de la Comisión de Procuración de Procuración y Administración de Justicia, la legisladora la diputada Juana Bonilla Jaime expuso que este delito se diferencia de la denominada ‘Ley Olimpia’ porque mientras ésta protege la privacidad y sanciona el delito relacionado con imágenes reales, su propuesta se refiere a imágenes virtuales creadas por medios digitales o inteligencia artificial.
La legisladora recordó el caso de un estudiante del Instituto Politécnico Nacional que hizo justamente manipulación de fotografías de sus compañeras y alumnas de la institución, para falsificarlas con contenido sexual, mismas que puso a la venta; casos ante los cuales, es necesario legislar y frenar este nuevo tipo de agresión contra las mujeres.
Por ello, propone de uno a cinco años de prisión a quien elabore, manipule o gestione por medio de tecnologías digitales, imágenes, audios, textos, grabaciones de voz o contenidos audiovisuales con la finalidad de generar elementos de naturaleza erótico, sexual o pornográfico, además de que las revele, publique, comparta o comercialice sin consentimiento de la víctima por cualquier medio.
Las penas aumentarían hasta el doble, es decir un máximo de 10 años, cuando el delito se cometa en contra de una persona menor de 18 años o que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o que por cualquier causa no pueda resistirlo, aun y cuando mediare su consentimiento, además de la conducta será perseguida de oficio.
La Comisión acordó solicitar, por medio de la Junta de Coordinación Política, la presencia de una representación de la Fiscalía General de Justicia para que emitan opinión y enriquezcan la propuesta.
En sesión de la Comisión de Procuración de Procuración y Administración de Justicia, la legisladora la diputada Juana Bonilla Jaime expuso que este delito se diferencia de la denominada ‘Ley Olimpia’ porque mientras ésta protege la privacidad y sanciona el delito relacionado con imágenes reales, su propuesta se refiere a imágenes virtuales creadas por medios digitales o inteligencia artificial.
La legisladora recordó el caso de un estudiante del Instituto Politécnico Nacional que hizo justamente manipulación de fotografías de sus compañeras y alumnas de la institución, para falsificarlas con contenido sexual, mismas que puso a la venta; casos ante los cuales, es necesario legislar y frenar este nuevo tipo de agresión contra las mujeres.
Por ello, propone de uno a cinco años de prisión a quien elabore, manipule o gestione por medio de tecnologías digitales, imágenes, audios, textos, grabaciones de voz o contenidos audiovisuales con la finalidad de generar elementos de naturaleza erótico, sexual o pornográfico, además de que las revele, publique, comparta o comercialice sin consentimiento de la víctima por cualquier medio.
Las penas aumentarían hasta el doble, es decir un máximo de 10 años, cuando el delito se cometa en contra de una persona menor de 18 años o que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho o que por cualquier causa no pueda resistirlo, aun y cuando mediare su consentimiento, además de la conducta será perseguida de oficio.
La Comisión acordó solicitar, por medio de la Junta de Coordinación Política, la presencia de una representación de la Fiscalía General de Justicia para que emitan opinión y enriquezcan la propuesta.