Comunicado 1023
20 de Septiembre 2022
Piden elevar penas de prisión por huachicoleo de agua
- La bancada del PRD propuso reformas al Código Penal para castigar con ocho años de cárcel a quien altere. Impida o restrinja el flujo de agua.
- Buscan eficientar proceso para la entrega del Premio Estatal de la Juventud.
Al señalar que en la entidad grupos delictivos reciben ganancias por robar y vender agua potable, y grupos privilegiados gozan de pactos y favores políticos para el aprovechamiento del suministro de agua para su beneficio particular, la diputada María Elida Castelán Mondragón (PRD) propuso elevar la pena por alterar, impedir o restringir el flujo de agua de zonas de jurisdicción del Estado sin derecho y sin autorización oficial, hasta ocho de cárcel.
Conforme a la iniciativa de modificación al Código Penal estatal, remitida a para su dictamen a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia, si estas conductas afectan directamente a una zona de asentamiento indígena o algún grupo vulnerable, la pena podría llegar a nueve años de prisión y 700 UMAs.
Este tipo de actos han dejado a muchos asentamientos urbanos, semi rurales y rurales sin agua, limitándoles muchas de sus actividades diarias. Por esto, indicó, es necesario legislar en este sentido, pues se ha olvidado que son los mismos particulares, aquellas minorías privilegiadas, las que han limitado el acceso al agua a las mayorías.
La iniciativa dispone también que es delito ambiental la conducta que altere, impida o restrinja el flujo de agua, y la sustracción o apropiación de la misma, de zonas de jurisdicción del Estado, como de la infraestructura hidráulica en perjuicio de la salud pública, la flora, la fauna o los ecosistemas, y sancionarlo con prisión de dos a ocho años y de treinta a ciento cincuenta días multa.
Durante la sesión, la Directiva remitió a la Comisión de la Juventud y Deporte la propuesta de la bancada del PRD para reformar el Premio Estatal de la Juventud y la Ley de la Juventud, ambos de la entidad, para sentar los mecanismos institucionales y legales que garanticen el mejor de los procesos de selección, en beneficio de las personas jóvenes, y de la legitimidad del propio Premio, lo que redundará en el alcance de sus objetivos.
Conforme a la iniciativa de modificación al Código Penal estatal, remitida a para su dictamen a la Comisión de Procuración y Administración de Justicia, si estas conductas afectan directamente a una zona de asentamiento indígena o algún grupo vulnerable, la pena podría llegar a nueve años de prisión y 700 UMAs.
Este tipo de actos han dejado a muchos asentamientos urbanos, semi rurales y rurales sin agua, limitándoles muchas de sus actividades diarias. Por esto, indicó, es necesario legislar en este sentido, pues se ha olvidado que son los mismos particulares, aquellas minorías privilegiadas, las que han limitado el acceso al agua a las mayorías.
La iniciativa dispone también que es delito ambiental la conducta que altere, impida o restrinja el flujo de agua, y la sustracción o apropiación de la misma, de zonas de jurisdicción del Estado, como de la infraestructura hidráulica en perjuicio de la salud pública, la flora, la fauna o los ecosistemas, y sancionarlo con prisión de dos a ocho años y de treinta a ciento cincuenta días multa.
Durante la sesión, la Directiva remitió a la Comisión de la Juventud y Deporte la propuesta de la bancada del PRD para reformar el Premio Estatal de la Juventud y la Ley de la Juventud, ambos de la entidad, para sentar los mecanismos institucionales y legales que garanticen el mejor de los procesos de selección, en beneficio de las personas jóvenes, y de la legitimidad del propio Premio, lo que redundará en el alcance de sus objetivos.