Comunicado 1532
31 de Enero 2023
Inicia OSFEM enrolamiento para obtener Firma Electrónica
- Es un trámite institucional, gratuito y seguro para atender sus obligaciones periódicas.
- Deberán acudir presidentas y presidentes municipales, titulares de contralorías y direcciones generales que aún no la tengan.
A partir de este 10 de enero y hasta el próximo viernes 13 de este mes, el Órgano Superior de Fiscalización del Estado de México (OSFEM) llevará a cabo el enrolamiento de personas servidoras públicas municipales que aún no cuentan con Firma Electrónica, la cual busca asegurar que los documentos firmados son únicos y exclusivos, identificar al firmante de manera inequívoca y asegurar la integridad del documento firmado.
Este nuevo esquema impulsado por el órgano fiscalizador pretende dejar atrás procesos tradicionales relacionados con la entrega del presupuesto, el cual era presencial y con un alto volumen de información física, entre otras obligaciones periódicas de los gobiernos municipales.
A través de la Auditoría Especial de Revisión de Información de las Entidades Fiscalizables, se atenderá a las y los presidentes municipales, titulares de las contralorías y direcciones generales de los organismos descentralizados.
La obtención de la Firma Electrónica es un trámite institucional, gratuito y seguro, que garantiza la protección de la identidad y de los datos personales en términos de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios y la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios.
Asimismo, es indispensable para la entrega de información vía digital ante el OSFEM, ya que a partir de este año los servidores públicos municipales presentarán de manera remota sus obligaciones periódicas; es decir, realizarán la entrega desde sus áreas de trabajo, del Presupuesto, Cuenta Pública del año inmediato anterior y los Informes Trimestrales.
El objetivo de la obtención de la Firma Electrónica es lograr una mayor eficacia, congruencia y transparencia en la información presentada por las entidades fiscalizables, ya que habrá validación de la misma desde el inicio del proceso mediante la carga automática de datos y cruce de información con otros rubros y formatos.
Permitirá además eliminar la recepción de CD´s sin información o que no se pueden leer para reducir en gran medida riesgos de veracidad en firmas autógrafas y documentos firmados que se pueden dañar fácilmente.
El OSFEM dio a conocer que para tramitar la Firma Electrónica se solicita de manera digitalizada y en original los documentos siguientes: Acta de Nacimiento, CURP, INE, nombramiento y comprobante de domicilio no mayor a dos meses.
Quienes acudan a realizar la gestión deberán proporcionar un correo electrónico y el comprobante del registro de CUTS. Éste se realizará previo a la cita, en la dirección electrónica:http://cuts.edomex.gob.mx/cuts2018/irRCInicial.action.
La atención será en las oficinas que ocupa el Instituto de Estudios Legislativos del Poder Legislativo (INESLE), ubicado en Avenida Hidalgo No. 405, Colonia Merced-Alameda, Toluca, Estado de México. C.P.50080, en un horario de 09:00 a 17:00 horas.
Cabe mencionar que el sustento jurídico para que el OSFEM habilite la Firma Electrónica entre autoridades municipales se encuentra en diversas disposiciones de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México; el Reglamento Interior del OSFEM y la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios, lo que permite al órgano técnico ser competente para requerir a las entidades fiscalizables la información necesaria para realizar las funciones de revisión y fiscalización superior del ejercicio de los recursos públicos que constitucionalmente tiene encomendada.
Este nuevo esquema impulsado por el órgano fiscalizador pretende dejar atrás procesos tradicionales relacionados con la entrega del presupuesto, el cual era presencial y con un alto volumen de información física, entre otras obligaciones periódicas de los gobiernos municipales.
A través de la Auditoría Especial de Revisión de Información de las Entidades Fiscalizables, se atenderá a las y los presidentes municipales, titulares de las contralorías y direcciones generales de los organismos descentralizados.
La obtención de la Firma Electrónica es un trámite institucional, gratuito y seguro, que garantiza la protección de la identidad y de los datos personales en términos de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados del Estado de México y Municipios y la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios.
Asimismo, es indispensable para la entrega de información vía digital ante el OSFEM, ya que a partir de este año los servidores públicos municipales presentarán de manera remota sus obligaciones periódicas; es decir, realizarán la entrega desde sus áreas de trabajo, del Presupuesto, Cuenta Pública del año inmediato anterior y los Informes Trimestrales.
El objetivo de la obtención de la Firma Electrónica es lograr una mayor eficacia, congruencia y transparencia en la información presentada por las entidades fiscalizables, ya que habrá validación de la misma desde el inicio del proceso mediante la carga automática de datos y cruce de información con otros rubros y formatos.
Permitirá además eliminar la recepción de CD´s sin información o que no se pueden leer para reducir en gran medida riesgos de veracidad en firmas autógrafas y documentos firmados que se pueden dañar fácilmente.
El OSFEM dio a conocer que para tramitar la Firma Electrónica se solicita de manera digitalizada y en original los documentos siguientes: Acta de Nacimiento, CURP, INE, nombramiento y comprobante de domicilio no mayor a dos meses.
Quienes acudan a realizar la gestión deberán proporcionar un correo electrónico y el comprobante del registro de CUTS. Éste se realizará previo a la cita, en la dirección electrónica:http://cuts.edomex.gob.mx/cuts2018/irRCInicial.action.
La atención será en las oficinas que ocupa el Instituto de Estudios Legislativos del Poder Legislativo (INESLE), ubicado en Avenida Hidalgo No. 405, Colonia Merced-Alameda, Toluca, Estado de México. C.P.50080, en un horario de 09:00 a 17:00 horas.
Cabe mencionar que el sustento jurídico para que el OSFEM habilite la Firma Electrónica entre autoridades municipales se encuentra en diversas disposiciones de la Ley de Fiscalización Superior del Estado de México; el Reglamento Interior del OSFEM y la Ley de Gobierno Digital del Estado de México y Municipios, lo que permite al órgano técnico ser competente para requerir a las entidades fiscalizables la información necesaria para realizar las funciones de revisión y fiscalización superior del ejercicio de los recursos públicos que constitucionalmente tiene encomendada.